Contrato general de crédito simple Financiera Faster Cash S.A. de C.V.
CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE
CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE EN MONEDA NACIONAL (EL “CONTRATO” O EL “INSTRUMENTO”) QUE CELEBRAN LA EMPRESA FINANCIERA FASTER CASH S.A. DE C.V., PERSONA MORAL CON RFC FFC23022122A, EN LO SUCESIVO EL “ACREDITANTE”, LA PERSONA CUYOS DATOS APARECEN EN LA SOLICITUD DE CRÉDITO, EN LO SUCESIVO EL “CLIENTE” Y LA(S) PERSONA(S) CUYOS DATOS APARECEN EN LA MISMA SOLICITUD DE CRÉDITO COMO OBLIGADO(S) SOLIDARIO(S), EN LO SUBSECUENTE EL (LOS) OBLIGADO(S) SOLIDARIO(S), DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
Declara el “Cliente” que:
Solicita al “Acreditante” la celebración del presente Contrato con el objeto de tener acceso a un crédito.
Cuenta con la capacidad y facultades suficientes para celebrar este Contrato;
La información que ha proporcionado en la Solicitud es cierta y verdadera;
El “Acreditante” le hizo de su conocimiento antes de su firma, el contenido del Contrato, de la Carátula, y demás documentos a suscribir, los cargos, las comisiones, los conceptos, los importes, y/o gastos que se generan por su celebración y operación, así como los descuentos o bonificaciones a que tiene derecho, los costos y gastos inherentes a los créditos.
Conoce y acepta los términos y condiciones del presente Contrato.
Que conoce y acepta lo señalado en los incisos “a”, “c”, “d” y “e” que anteceden en esta declaración.
Expuesto lo anterior, las partes otorgan las siguientes:
CLÁUSULAS
I.- El “Acreditante” otorga en favor del “cliente” una apertura de crédito simple.
II.- La fecha de apertura, número de contrato, nombre del cliente, cantidad otorgada al cliente por concepto de crédito simple (préstamo), tasa de interés generada del crédito simple sin IVA, la cantidad de abonos del crédito simple, la frecuencia de pagos del crédito simple y el monto a pagar por cada abono SE DETALLA EN EL PRESENTE FORMULARIO.
III.- Retención de Seguro: De cada préstamo se retendrá el 15% del monto total por concepto de seguro. Esta retención será de utilidad en caso de que el “Cliente” incurra en algún atraso en sus pagos; asimismo, permite a la empresa brindar un mejor servicio sin necesidad de solicitar abonos por anticipado. El importe retenido será devuelto al finalizar el quinto préstamo con nosotros, o bien, cuando el “Cliente” decida finalizar su relación jurídica con Financiera Faster Cash y no desee renovar su crédito.
IV.- Días de pago: Todos los pagos deberán realizarse de manera quincenal, los días 1 y 16 de cada mes. En caso de que el “Cliente” no efectúe el pago en las fechas correspondientes, dispondrá de un plazo de cuatro días para realizarlo sin incurrir en penalizaciones. Si el “Cliente” no realiza su pago dentro de este período de gracia, al quinto día de atraso se le aplicará una multa, descontándosele la retención del seguro de su préstamo y, en su caso, las retenciones acumuladas. Adicionalmente, por cada CINCO días adicionales de morosidad, se generará un cargo adicional de $100 pesos MXN, hasta que la cuenta sea regularizada.
V.- Transcurrido el plazo del crédito y en el supuesto de que el “Cliente” no liquide la totalidad del crédito simple, autoriza que el “Acreditante” le cobre un cargo con valor al 10% de la cantidad adeudada en el momento del vencimiento, o en su defecto, por el monto del crédito simple, siendo este cargo del 10% capitalizable quincenalmente, hasta la completa liquidación del préstamo.
VI.- El “Acreditante” tiene la obligación de notificarle al “Cliente” cuando su cuenta haya vencido y esta se tenga que reestructurar, siendo esta notificación de manera personal, vía llamada, mensaje o en su defecto, mediante avisos pegados en un lugar visible en el domicilio del “Cliente”.
VII.- Ante la constante negativa de pago de el “Cliente”, autoriza que el “Acreditante” pueda recoger bienes muebles del “Cliente”, que garanticen el monto total adeudado y sus intereses generados por el incumplimiento de pago del crédito simple, debiendo el “Acreditante” devolver estos bienes asegurados al “Cliente” si y sólo si, éste líquida el monto total de la deuda.
VIII.- Una vez liquidado el crédito simple y si es voluntad del cliente renovar, se tendrá que firmar un nuevo contrato, con la actualización del monto e interés correspondiente, quedando sin efectos el presente contrato.
IX.- A consideración de el “Acreditante” podrá requerir al “Cliente”, un “Obligado solidario” y este será la persona física que tiene participación en un crédito como responsable de cumplir con las obligaciones del “Cliente”, en el caso de que este no cumpla con sus responsabilidades en su totalidad.
X. El cliente otorga su consentimiento expreso de este contrato por medio de su firma digital en el formulario del sitio web: fastercash.mx, así mismo, manifiesta que ha proporcionado con anterioridad su foto de identificación INE de ambos lados y su comprobante de domicilio, los cuales serán almacenados en su expediente personal para fines legales y administrativos. Pudiendo consultar nuestro aviso de privacidad en el siguiente enlace: https://fastercash.mx/aviso-de-privacidad